sábado, 23 de enero de 2010

FACULTAD DEL PRESIDENTE PARA FIRMAR TRATADOS

la persona facultada para la celebración de Tratados Internacionales, y es así que el Art. 89 Constitucional en su fracción X, establece los siguiente:

Art. 89.- Las Facultades y Obligaciones del Presidente son las siguientes:

X.- Dirigir la Política exterior y celebrar Tratados Internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado...

Agregamos el artículo 76 fracción I el cual establece que es facultad exclusiva del Senado:

Analizar la Política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal, con base a los informes anuales que el presidente de la Republica y el Secretario del despacho correspondiente rindan al Congreso; además aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que celebre el ejecutivo de la Unión.
El articulo 133 de la Constitución Federal que establece que “todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión”.

PROCESO LEGISLATIVO



PROCESO LEGISLATIVO

Se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y por los acuerdos parlamentarios adoptados por la mayoría de los miembros de cada Cámara.
Etapas:

Iniciativa
Discusión
Aprobación
Sanción (Derecho de veto)
Promulgación
Publicación
Iniciación de vigencia




1. INICIACIÓN

Derecho de iniciar leyes:
•Presidente de la República
•Diputados y Senadores
•Legislaturas de los Estados
•Diputaciones federales de cada entidadAsamblea de Representantes del D.F


La formación de leyes y decretos puede iniciarse indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones, con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.


2. DISCUSIÓN


A la Cámara en donde inicialmente se discute un proyecto de ley se le denomina Cámara de Origen; a la otra Cámara se le denomina Revisora

Es el acto por el cual las Cámaras deliberan acerca de las iniciativas, a fin de determinar si debe o no ser aprobadas. “Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones”



3. APROBACION

Es el acto por el cual las Cámaras aceptan un proyecto de ley. La aprobación puede ser total o parcial

Habrá tres clases de votaciones: nominales, económicas y por cédula, nunca podrá haber votaciones por aclamación.


VOTACIONES

NOMINALES: primero, cuando se pregunte si ha o no ha lugar a aprobar algún proyecto de ley en lo general; segundo, cuando se pregunte si se aprueba o no cada artículo de los que compongan el indicado proyecto o cada proposición de las que formen el artículo, y tercero, cuando lo pida un individuo de la propia Cámara y sea apoyado por otros cinco.
Las Demás votaciones sobre resoluciones de la Cámara serán ECONÓMICAS y se practicará poniéndose en pie los individuos que aprueben y permaneciendo sentados los que reprueben.

Cuando la diferencia entre los que aprueben y los que reprueben no excediese a tres votos se tomará VOTACIÓN NOMINAL.
POR CÉDULAS. Las votaciones para elegir personas se harán por cédulas, que se entregarán al Presidente de la Cámara y este las depositará, sin leerlas, en una ánfora que al efecto se colocará en la mesa; los secretarios sacarán cada una y las leerá en alta voz, para que otro secretario anote los nombres de las personas que en ella aparecieren y el numero de votos que a cada uno le tocaren.


4. SANCION

Se da este nombre a la aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo.
La sanción debe ser posterior a la aprobación del proyecto por las Cámaras. El Presidente de la República puede negar su sanción a un proyecto ya admitido por el Congreso (derecho de veto). Esta facultado no es absoluta.



5. PROMULGACION

La promulgación es aprobación expresa por el Poder Ejecutivo, al incluirse: “Publíquese y desé el debido cumplimiento “, al final del proyecto de ley.


6. PUBLICACION

Es el acto por el cual la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. La publicación se hace en el Diario Oficial de la Federación.


7. INICIACION DE LA VIGENCIA

Existen 2 sistemas de iniciación:
•Sucesivo
•Sincrónico


El artículo 3º a la letra dice “Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el periódico oficial. En lugares distintos del en que se publique el periódico oficial, para que las leyes, reglamentos, etc., se reputen publicados y sean obligatorios, se necesita que además del plazo que fija el párrafo anterior, transcurra un día más por cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad”.


El artículo 4º establece: “ Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general, fija el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día con tal de que su publicación haya sido anterior”.


MAR TERRITORIAL







TRATADOS QUE HA FIRMADO MEXICO EN MATERIA AMBIENTAL

TOTAL DE TRATADOS BILATERALES


**CONVENCION ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA LA PROTECCION DE AVES MIGRATORIAS Y DE MAMIFEROS CINEGETICOS

**ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SOBRE LA CONTAMINACION DEL MEDIO MARINO POR DERRAMES DE HIDROCARBUROS Y OTRAS SUSTANCIAS NOCIVAS

**CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SOBRE COOPERACION PARA LA PROTECCION Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE EN LA ZONA FRONTERIZA (CONVENIO DE LA PAZ)

**CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE GUATEMALA SOBRE LA PROTECCION Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE EN LA ZONA FRONTERIZA

**ACUERDO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA QUE MODIFICA EL ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LOS DOS GOBIERNOS SOBRE LA CONTAMINACION DEL MEDIO MARINO POR DERRAMES DE HIDROCARBUROS Y OTRAS SUSTANCIAS NOCIVAS DEL 24 DE JULIO DE 1980

**ACUERDO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SOBRE COOPERACION PARA LA PROTECCION Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE MEXICO

**ACUERDO DE COOPERACION AMBIENTAL ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA

**ACUERDO DE COOPERACION EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

**CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y BELICE SOBRE LA PROTECCION Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE Y CONSERVACION DE LOS RECURSOS NATURALES EN LA ZONA FRONTERIZA

**ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LA COMISION DE COOPERACION ECOLOGICA FRONTERIZA Y EL BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA DEL NORTE

**PROTOCOLO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA POR EL QUE SE MODIFICA LA CONVENCION PARA LA PROTECCION DE AVES MIGRATORIAS Y DE MAMIFEROS CINEGETICOS

**PROTOCOLO MODIFICATORIO AL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LA COMISION DE COOPERACION ECOLOGICA FRONTERIZA Y EL BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA DEL NORTE, FIRMADO EL 16 DE NOVIEMBRE DE 1993

**ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FRANCESA SOBRE EL MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO, EN EL MARCO DEL ARTICULO 12 DEL PROTOCOLO DE KIOTO, HECHO EL 11 DE DICIEMBRE DE 1997



TOTAL DE TRATADOS MULTILATERALES


**CONVENIO INTERAMERICANO DE LUCHA CONTRA LA LANGOSTA

**CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA REGLAMENTACION DE LA CAZA DE LA BALLENA CON REGLAMENTO ANEXO

**PROTOCOLO A LA CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA REGLAMENTACION DE LA CAZA DE LA BALLENA DEL 2 DE DICIEMBRE DE 1946

**CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA CONSERVACION DEL ATUN DEL ATLANTICO

**CONVENIO INTERNACIONAL RELATIVO A LA INTERVENCION EN ALTA MAR EN CASOS DE ACCIDENTES QUE CAUSEN UNA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS

**CONVENCION SOBRE LOS HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE AVES ACUATICAS

**CONVENIO SOBRE LA PREVENCION DE LA CONTAMINACION DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS

**CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES)

**CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973

**PROTOCOLO RELATIVO A LA INTERVENCION EN ALTA MAR EN CASOS DE CONTAMINACION DEL MAR POR SUSTANCIAS DISTINTAS DE LOS HIDROCARBUROS, 1973

**PROTOCOLO DE 1976 AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAñOS CAUSADOS POR LA CONTAMINACION DE LAS AGUAS DEL MAR POR HIDROCARBUROS, 1969

**PROTOCOLO CORRESPONDIENTE AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE LA CONSTITUCION DE UN FONDO INTERNACIONAL DE INDEMNIZACION DE DAñOS CAUSADOS POR LA CONTAMINACION DE HIDROCARBUROS, 1971

**PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973 (MARPOL 73/78)

**ANEXO V DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973 Y LAS ENMIENDAS DE 1989, 1990 Y 1991 A DICHO ANEXO, ASI COMO LAS ENMIENDAS DE 1994

**PROTOCOLO QUE MODIFICA LA CONVENCION SOBRE LOS HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE AVES ACUATICAS

**CONVENIO PARA LA PROTECCION Y EL DESARROLLO DEL MEDIO MARINO DE LA REGION DEL GRAN CARIBE Y PROTOCOLO RELATIVO A LA COOPERACION PARA COMBATIR LOS DERRAMES DE HIDROCARBUROS EN LA REGION DEL GRAN CARIBE

**ENMIENDAS DE 1984 AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973, MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 14(20) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO

**ENMIENDAS DE 1985 AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973, (REFERENTES AL ANEXO II DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973, EN SU FORMA MODIFICADA POR EL CORRESPONDIENTE PROTOCOLO DE 1978), MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 16(22) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**ENMIENDAS DE 1985 AL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973, (REFERENTES AL PROTOCOLO I DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973, EN SU FORMA MODIFICADA POR EL CORRESPONDIENTE PROTOCOLO DE 1978), MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 21(22) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**ENMIENDA A LOS ARTICULOS 6 Y 7 DE LA CONVENCION RELATIVA A LOS HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE AVES ACUATICAS

**PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS AGOTADORAS DE LA CAPA DE OZONO

**ENMIENDAS DE 1987 AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973 (ASIGNACION DEL CARACTER DE ZONA ESPECIAL AL GOLFO DE ADEN), MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 29(25) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**ENMIENDAS DE 1989 AL CODIGO INTERNACIONAL PARA LA CONSTRUCCION Y EL EQUIPO DE BUQUES QUE TRANSPORTEN PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS A GRANEL. (CODIGO CIQ) MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 32(27) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**ENMIENDAS DE 1989 AL CODIGO PARA LA CONSTRUCCION Y EL EQUIPO DE BUQUES QUE TRANSPORTEN PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS A GRANEL. (CODIGO CGRQ) MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 33(27) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**ENMIENDAS DE 1989 AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973 (APENDICES II Y III DEL ANEXO II DEL MARPOL 73/78), MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 34(27) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACION

**ENMIENDAS AL PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 1987

**ENMIENDAS DE 1990 AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973, MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 42(30) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE COOPERACION, PREPARACION Y LUCHA CONTRA LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS, 1990

**ENMIENDAS DE 1991 AL ANEXO DE PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973 (NUEVA REGLA 26 Y OTRAS ENMIENDAS AL ANEXO I DEL MARPOL 73/78), MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 47(31) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL.

**ENMIENDAS DE 1992 AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973 (CRITERIOS RELATIVOS A LAS DESCARGAS DEL ANEXO I DEL MARPOL 73/78), MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 51(32) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**ENMIENDAS DE 1992 AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES, 1973 (NUEVAS REGLAS 13F Y 13G Y ENMIENDAS CONEXAS AL ANEXO I DEL MARPOL 73/78), MEDIANTE LA RESOLUCION MEPC 52(32) DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

**CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO

**CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA

**MODIFICACIONES AL PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 1987

**PROTOCOLO DE 1992 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL NACIDA DE DAñOS DEBIDOS A CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS, 1969

**PROTOCOLO DE 1992 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE LA CONSTITUCION DE UN FONDO INTERNACIONAL DE INDEMNIZACION DE DAñOS DEBIDOS A CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS, 1971

**CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION EN LOS PAISES AFECTADOS POR SEQUIA GRAVE O DESERTIFICACION, EN PARTICULAR EN ÁFRICA

**PROTOCOLO DE 1996 RELATIVO AL CONVENIO SOBRE LA PREVENCION DE LA CONTAMINACION DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS, 1972

**CONVENCION INTERAMERICANA PARA LA PROTECCION Y CONSERVACION DE LAS TORTUGAS MARINAS

**ENMIENDAS DEL PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO, 1987

**PROTOCOLO DE KYOTO A LA CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMATICO

**ACUERDO SOBRE EL PROGRAMA INTERNACIONAL PARA LA CONSERVACION DE LOS DELFINES

**CONVENIO DE ROTTERDAM PARA LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONSENTIMIENTO FUNDAMENTADO PREVIO A CIERTOS PLAGUICIDAS Y PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS OBJETO DE COMERCIO INTERNACIONAL

**ENMIENDA DE BEIJING QUE MODIFICA EL PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO, ADOPTADA EL 3 DE DICIEMBRE DE 1999 POR LA XI CONFERENCIA DE LAS PARTES

**PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGIA DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA

**CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGANICOS PERSISTENTES

**CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE EL CONTROL DE LOS SISTEMAS ANTIINCRUSTANTES PERJUDICIALES DE LOS BUQUES

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO DEL PRESIDENTE CON RELACION AL MEDIO AMBIENTE

La sustentabilidad ambiental se refiere a la administración eficiente y racional de los recursos naturales, de manera tal que sea posible mejorar el bienestar de la población actual sin comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras. Es momento de convertir la sustentabilidad ambiental en un eje transversal de las políticas públicas,es necesario que el desarrollo de nuevas actividades económicas en regiones rurales y semirurales contribuya a que el ambiente se conserve en las mejores condiciones posibles. Todas las políticas que consideran la sustentabilidad ambiental en el crecimiento de la economía son centrales en el proceso que favorece el Desarrollo Humano Sustentable.

APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES
AGUA


Los problemas asociados con el suministro, drenaje y tratamiento de las aguas, así como el impacto que éstos tienen en la vida nacional, hacen necesaria una gestión que tome en cuenta los intereses de todos los involucrados y favorezca su organización. Establecer el acceso al agua como un derecho inalienable, así como garantizar la gestión integral de los recursos hídricos con la corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno y de la sociedad, constituyen los grandes retos del sector hidráulico; sólo asumiendo plenamente su solución se podrá asegurar la permanencia de los sistemas que hacen posible satisfacer las necesidades básicas de la población.
El manejo inadecuado de los recursos hídricos ha generado problemas, como la proliferación de enfermedades por la falta de agua potable o por su contaminación, y la imposibilidad de garantizar el abasto a futuro debido al agotamiento de los mantos.

BOSQUES Y SELVAS

En la mayoría de los casos, el desarrollo de las actividades de los distintos sectores productivos no toma en cuenta el valor de los ecosistemas como los espacios donde se dan los procesos naturales que sostienen la vida y proveen los bienes y servicios que satisfacen las necesidades de la sociedad. Entre estos procesos, conocidos como servicios ambientales, están la purificación del aire y la captación del agua, la mitigación de las sequías e inundaciones, la generación y conservación de los suelos, la descomposición de los desechos, la polinización de los cultivos y de la vegetación, la dispersión de semillas, el reciclaje y movimiento de nutrientes, el control de plagas, la estabilización del clima y el amortiguamiento de los impactos de fenómenos hidrometeoro lógicos extremos. La pérdida de selvas y bosques se debe principalmente a factores humanos. Uno de los principales efectos de la deforestación que padece el país es la degradación del suelo.

BIODIVERSIDAD

Aunque sólo ocupa el 1.4% de la superficie terrestre, en el territorio nacional se encuentra 10% del total mundial de especies conocidas, muchas de las cuales son endémicas, lo que convierte a México en uno de los llamados países "mega diversos". En cuanto a número de especies, México es el quinto país en plantas, cuarto en anfibios, segundo en mamíferos y segundo en reptiles. También tiene la mayor cantidad de especies de pinos y cactáceas del mundo, y es uno de los cinco centros de origen de las plantas comestibles cultivadas, como el maíz, el frijol, la vainilla, entre otros.
En el caso del maíz, México tiene una diversidad caracterizada por una gran cantidad de variedades mejoradas, tradicionales o criollas y parientes silvestres que se cultivan en diversas regiones. El maíz es base de la alimentación de los mexicanos que, además de ser un bien comercial, constituye una parte fundamental de la cultura, por lo que la conservación y protección de sus variedades es una prioridad nacional.

PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE

GESTIÓN Y JUSTICIA EN MATERIA AMBIENTAL


Al producir y consumir bienes y servicios se utilizan recursos y se generan residuos, afectando el entorno y la calidad de vida de la población. La gestión ambiental considerada como el conjunto de acciones que realiza la sociedad para conservar y aprovechar los recursos naturales, generando con ello las condiciones que permitan el desarrollo de la vida en todas sus formas, es un elemento fundamental para armonizar las actividades productivas y el cuidado del medio ambiente.

Una gestión ambiental integral, transversal y eficiente que contribuya al crecimiento y desarrollo sustentable del país debe basarse en la aplicación efectiva de la ley. De esta manera, la gestión ambiental se enfocará en diversos aspectos relacionados con la prevención y control de la calidad del aire, el manejo adecuado de materiales y residuos, la realización de actividades riesgosas en forma segura y el fortalecimiento de los instrumentos de política y gestión ambiental.

ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

El ordenamiento ecológico del territorio representa uno de los retos fundamentales en materia de desarrollo sustentable, promueve la maximización del consenso social y la minimización de los conflictos ambientales.

Para lograr la sustentabilidad ambiental es necesario coordinar acciones entre los tres órdenes de gobierno, de modo que se identifique la vocación y el potencial productivo de las distintas regiones que componen el territorio nacional. De esta manera, se orientarán las actividades productivas hacia la sustentabilidad ambiental. La prioridad se centrará en formular, expedir, ejecutar, evaluar y modificar, desarrollar y publicar los ordenamientos ecológicos del territorio, incluyendo zonas costeras y marinas. Se pretende formular políticas para el manejo integral de los recursos naturales que permitan una estrecha coordinación entre estados y municipios, para concluir los ordenamientos ecológicos locales en las zonas con alto potencial de desarrollo turístico, industrial, agropecuario, acuícola y pesquero.

CAMBIO CLIMÁTICO

El uso de combustibles fósiles y tecnologías industriales atrasadas, el cambio de uso del suelo y la destrucción de millones de hectáreas forestales están provocando un aumento en la concentración de los Gases de Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera. De acuerdo con estimaciones de la comunidad científica, se requiere un esfuerzo global para reducir las emisiones, ya que de lo contrario, en el año 2100 las concentraciones de CO2 en la atmósfera podrían generar una variación de la temperatura de entre 1.1 y 6.4° C. Entre las posibles consecuencias de este calentamiento global están: la elevación de la temperatura de los océanos, la desaparición de glaciares, la elevación del nivel del mar, el aumento en la frecuencia e intensidad de fenómenos climatológicos extremos, como sequías e inundaciones debido a una mayor evaporación de agua y superficies oceánicas más calientes, entre otros. Este cambio afectaría severamente la disponibilidad de agua, la continuidad de los servicios ambientales que producen los ecosistemas, y tendría importantes efectos en la salud humana.

OBJETIVO 10.- Reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI).
Como signatario del Protocolo de Kioto, México ha aprovechado, aunque aún de manera incipiente, el potencial para generar proyectos bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio. Al respecto, se están desarrollando actividades estratégicas para instrumentar este tipo de proyectos, tales como el aprovechamiento de metano en rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de aguas residuales, granjas agropecuarias, minas de carbón y en instalaciones petroleras, o la generación de energía eléctrica a través de fuentes renovables (eólica, biomasa, hidráulica, solar).


RESIDUOS SÓLIDOS Y PELIGROSOS

Cada año se generan en México alrededor de 40 millones de toneladas de residuos, de las cuales, 35.3 millones corresponden a residuos sólidos urbanos (RSU) y se estima que entre 5 y 6 millones de toneladas a residuos peligrosos (RP). La problemática asociada con los RP presenta dos grandes líneas: por un lado, la que se refiere a la presencia de sitios ya contaminados que requieren una solución; y por otro, la que se orienta a prevenir la contaminación proveniente de las fuentes en operación que los generan. La disposición inadecuada de los residuos peligrosos provoca diferentes afectaciones a los ecosistemas.

La infraestructura para dar un manejo adecuado a los residuos sólidos urbanos y peligrosos es aún insuficiente. La capacidad instalada en el país debe ser optimizada para contar con sistemas efectivos de manejo que permitan, por ejemplo, su aprovechamiento, recolección y reciclaje de los residuos. La gestión integral de éstos constituye una fuente de oportunidades para generar mercados y cadenas productivas formales, mismas que requerirán de criterios de desempeño ambiental para aprovechar los materiales y/o el contenido energético de los residuos.


INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA AMBIENTAL CON COMPROMISO SOCIAL


México necesita contar con mayor conocimiento acerca de los procesos ambientales que lo afectan; se requiere impulsar decididamente una agenda ambiental de investigación que incorpore los temas que son hoy aspectos prioritarios de México: el ordenamiento ecológico del territorio, en donde ocupan un lugar destacado los mares y costas; la fragmentación y degradación de los ecosistemas; la contaminación atmosférica local y global; los residuos peligrosos y sustancias tóxicas; las cuencas hídricas; la conservación de especies prioritarias; entre otros. Una investigación ambiental basada en criterios científicos y con un compromiso social.


EDUCACIÓN Y CULTURA AMBIENTAL

La viabilidad de los objetivos y estrategias en materia ambiental se verá reforzada si se promueve una cultura en la que se aprecien y respeten los recursos naturales de la nación. El desarrollo de esta cultura, si bien muestra un avance, debe ser reforzado en lo general e intensificado en lo particular para aquellos sectores de la población que, perteneciendo a grupos de edad adulta y avanzada, no son alcanzados por el sistema educativo escolarizado, y para aquellos que por sus condiciones socioeconómicas tienen preocupaciones más inmediatas. Sólo en la medida en que los ciudadanos comprendan el círculo vicioso que se da entre la pobreza, el agotamiento de los recursos naturales y el deterioro ambiental, será posible desarrollar mecanismos locales y regionales que permitan romperlo.


En relación a la educación ambiental y la capacitación para la sustentabilidad, se requiere mejorar los mecanismos actuales para que los ciudadanos de todas las regiones y edades valoren el medio ambiente, comprendan el funcionamiento y la complejidad de los ecosistemas y adquieran la capacidad de hacer un uso sustentable de ellos. El fomento a esta cultura ambiental es una de las obligaciones que tiene nuestra generación en la perspectiva de heredar condiciones sociales y ambientales que garanticen un medio ambiente adecuado para las siguientes generaciones.