domingo, 21 de febrero de 2010

CORTO

EL "CORTO" COMO INSTRUMENTO DE LA POLITICA MONETARIA


Desde 1995, el principal instrumento para la conducción de la política monetaria utilizado por el Banco de México es el Sistema de Saldos Acumulados, conocido coloquialmente como el “corto”. No obstante que el Banco de México viene aplicándolo desde hace ya varios años, persisten concepciones erróneas sobre su operación e impacto. Éstas terminan por generar equívocos entre la opinión pública. Resulta por ello pertinente repasar las principales características e implicaciones del “corto”.

Suministro de liquidez. Una función esencial del Banco de México es la de suministrar billetes y monedas (comúnmente conocidos como liquidez o base monetaria) necesarios para que la sociedad pueda llevar a cabo sus transacciones cotidianas. Para ello, diariamente, los bancos comerciales requieren una cierta cantidad de dinero, misma que es calculada por el Banco Central. Para surtir esta cantidad demandada de liquidez, el Banco de México cuenta con las siguientes dos “ventanillas”:

a) Todos los días el Banco de México realiza transacciones con el sistema bancario, llamadas operaciones de mercado abierto, para inyectar la mayor parte de la liquidez demandada. Actualmente, dichas operaciones se realizan a través de subastas, en las cuales el Banco de México otorga créditos de corto plazo, a tasas de interés de mercado.
b) En adición a las subastas de crédito mencionadas, el Banco de México puede suministrar una cantidad complementaria de liquidez, permitiendo a los bancos comerciales sobregirarse en las cuentas corrientes que mantienen con el Banco Central (las llamadas Cuentas Únicas, las cuales equivalen operativamente a las cuentas de cheques que les abren a sus clientes los bancos comerciales). Precisamente el llamado “corto” opera a través de dicha ventanilla.

¿Cómo funciona el “corto”? Mediante el “corto”, el Banco de México define su postura de política monetaria restrictiva. El “corto” se expresa como una cifra negativa (-350 millones de pesos en la actualidad) que representa un objetivo para la suma de los saldos acumulados de las Cuentas Únicas de todos los bancos del sistema. Imponer un “corto” significa que el Banco de México suministra a través de sus operaciones de mercado abierto al comienzo de ese día marginalmente menos liquidez de la que se piensa que requiere el sistema (literalmente lo deja “corto”). Pero como el Banco de México debe satisfacer todos los días la demanda de base monetaria, algunos bancos comerciales se verán obligados a incurrir en un sobregiro en las Cuentas Únicas antes mencionadas para allegarse del faltante temporal de liquidez.

Al momento en que un banco comercial incurre en el mencionado sobregiro, el Banco de México no le cobra una tasa por esos recursos. Cabe destacar que al siguiente día después de imponer el “corto”, el Banco de México ya no induce sobregiro adicional alguno. Sin embargo, existe una regla mediante la cual después de periodos de medición de 28 días, aquel banco comercial que mantenga en su Cuenta Única un saldo acumulado negativo estará sujeto a una sanción de dos veces la tasa de Cetes aplicada a dicho saldo. Dado que el objetivo de la suma de saldos de todos los bancos es negativo (-350 millones) para cada periodo referido de 28 días, siempre habrá bancos que terminan pagando la tasa de penalización. ¿Cuáles bancos? Aquellos que no alcanzaron a compensar sus sobregiros. Consecuentemente, lo único que hace el “corto” es modificar el costo al cual el Banco de México suministra la liquidez requerida.

Por lo anterior, puede afirmarse que las interpretaciones de que el “corto” retira liquidez del mercado son totalmente equivocadas. Por ejemplo, el pasado viernes 10 de noviembre, cuando el Instituto Central incrementó el “corto” en 40 millones de pesos, al inicio de ese día el Banco de México dejó de suministrar liquidez por dicha cantidad a través de sus operaciones de mercado abierto (la primera ventanilla), lo cual obligó a algunos bancos a sobregirarse en sus Cuentas Únicas durante el día (la segunda ventanilla). Sin embargo, es importante reiterar que al fin de cuentas, ni dicho viernes 10 ni en ninguna otra fecha, el Banco de México dejó de proporcionar los recursos necesarios para satisfacer las necesidades de liquidez del público. Lo único que el Instituto Central modificó fue la forma y eventualmente el precio (tasa de interés) a los cuales se proporcionó la liquidez al sistema.

Señal para aumentar las tasas de interés. Ahora bien, dada la sanción que el Banco Central impone al mantenimiento de saldos de sobregiro después de la regla de 28 días, el banco comercial que se encuentre en esa circunstancia tendrá un incentivo para captar recursos en el mercado y depositarlos en su cuenta corriente con el Banco Central para así compensar el sobregiro y evitar la penalización. Al desplegar esos esfuerzos, los bancos comerciales con sobregiro presionarán al alza las tasas de interés en el mercado. Y es precisamente ese impulso alcista el que envía la señal de una política monetaria restrictiva.

Es decir, desde este punto de vista aumentos en el “corto” funcionan como un mecanismo de envío de señales de que el Banco de México modifica la postura de su política monetaria. Puesto que esta variación es hacia la restricción, la medida inducirá aumentos temporales de las tasas de interés. Cabe destacar que como medida cuantitativa el monto del “corto” es insignificante. Ello es así toda vez que el valor del “corto” equivale a una proporción mínima de la base monetaria (por ejemplo el “corto” actual de 350 millones de pesos es muy reducido frente a un tamaño de la base de aproximadamente 162 mil millones de pesos, es decir, apenas equivale al 0.22 por ciento del saldo de dicha base). Al respecto, casi resulta ocioso reiterar que la utilidad del “corto” no es cuantitativa; su efectividad reside en su capacidad de emitir una señal en el sentido requerido sobre la postura de la política monetaria.

Recapitulación. Un “corto” da lugar a que una porción pequeña de la demanda de base monetaria se satisfaga a través de un sobregiro. Debido a que existe una penalización para aquellos bancos que persistan en saldos sobregirados después de cierta fecha, ese hecho induce que las tasas de interés se presionen temporalmente al alza. Esta señal de tasas más elevadas actúa sobre las expectativas de inflación, reduciéndolas, lo que conlleva una disminución de las presiones inflacionarias. Es importante insistir en que el Banco de México siempre satisface la demanda de billetes y monedas que es determinada colectivamente por el público, por lo tanto, un “corto” no retira liquidez del mercado como tampoco absorbe dinero de la circulación.

Colofón. Existen otros instrumentos que podría utilizar el Banco de México para la conducción de su política monetaria. La ventaja del “corto” es que permite que las tasas de interés se sigan determinando por las fuerzas del mercado. Con ello, ningún participante en el mismo (incluido, por supuesto, el Banco Central) determina a su arbitrio las tasas de interés. Asimismo, al funcionar como señal de una postura más restrictiva de la política monetaria, incide sobre las expectativas inflacionarias y ello ha permitido transitar hacia una economía con menor inflación. A la vez, se han evitado volatilidades marcadas en las tasas de interés perturbando lo menos posible la marcha del sector real de la economía.

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